Aclaran que realizar contratos de alquiler por una duración de tres meses es totalmente válido

Así lo aseveró Jorge Altamirano, integrante del Consejo Directivo del Colegio de Corredores Inmobiliarios de Mendoza y encargado de difusión en la zona sur.

“El plazo mínimo legal de la ley habla de tres años, a excepción de aquellos contratos que son del orden específico o especial, los cuales tienen que ver con contratos que generalmente se hacen al turismo o temporarios”, explicó.

Por la vía antes mencionada ejemplificó en casos donde los chicos vienen a estudiar, hacen el pre para una universidad, no les va bien y se tienen que volver a su lugar de origen. Lo que acá sucede es que los jóvenes están dos o tres meses y estos contratos caben en esa figura.

En conversación con el programa #Otra Mirada que se emite en el aire de Dial RadioTV de lunes a viernes a las 16 hs y cuenta con la conducción de Laura Olguín y Joaquín Paulina, detalló que otro caso puede ser el de un profesional que viene a realizar una disertación o por una cuestión de trabajo o capacitación.

“Los propietarios lo que han comenzado a hacer es alquilarlo a la misma gente que no es turista, que no viene de afuera, por tres meses. Y a los tres meses lo renueva o bien busca otro inquilino. Son contratos totalmente válidos, en este caso es importante remarcar que el inmueble debe estar amueblado”, finalizó.

Diario Mendoza Sur

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