Informan que los comercios no pueden hostigar a los deudores
Autoridades provinciales recordaron que los comercios tienen prohibido hostigar a los clientes que tienen deuda. Desde la Dirección de Defensa del Consumidor, dejaron en claro que, en el marco de la Ley nacional 24.240, deben «abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias». La normativa señala que «en…