Es obligación que los comercios exhiban información sobre los modos de pago

“La Resolución 226/2020 se encuentra vigente y es motivo de control permanente”, informaron desde Defensa del Consumidor en relación a la normativa que exige la exhibición de los medios de pagos aceptados para el pago de productos y servicios.

Desde la entidad señalaron que esa obligación alcanza a quienes desarrollen de manera profesional, aun ocasionalmente, actividades que impliquen la comercialización de productos y servicios destinados a consumidores o usuarios, en el ámbito geográfico de la provincia de Mendoza.

Señalaron que cada comerciante o empresa de servicios “debe colocar un cartel claramente visible, ubicado en el acceso o entrada, que contendrá información sobre los medios de pago que se reciben: efectivo, tarjetas de crédito, tarjetas de débito o bien otros medios de pago donde se debe especificar cuáles.

Vale recordar que algunos rubros, teniendo en cuenta la pandemia, decidieron no recibir billetes como forma de pago. En ese caso deberán informar con un cartel con información clara los modelos de pago del producto o servicio, para que el cliente no se encuentre con una sorpresa.

Por otro lado, subrayaron que “la opción de recibir tarjetas de crédito es decisión del comercio o de la entidad, ya que no existe tal exigencia en el marco de la legislación que se aplica”.

En cambio, “sí es obligatoria la habilitación y disponibilidad del posnet o lector para el cobro con tarjetas de débito, salvo que el comercio o entidad cuenten con sistema QR para el cobro virtual”.

Diario Mendoza Sur

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