Prisión de hasta cuatro años para los que organicen carreras de galgos

En pocos días se van a cumplir tres años de que se aprobó en el Congreso de la Nación la Ley 27.330 que prohíbe en todo el territorio argentino las carreras de perros, cualquiera sea su raza, tal como lo dice el artículo 1º de la normativa.

No obstante, a pesar de la amplia difusión mediática de la legislación, el comercio montado alrededor de estos eventos continúa.

Ejemplo de lo anterior ocurrió el último fin de semana en La Correina, donde efectivos de la Policía Rural, por orden de la Justicia, procedieron a la detención de un masculino de 41 años, señalado como organizador, y una mujer de 45 que estaba a cargo de la taquilla.

El procedimiento se llevó adelante a las 7 de la mañana, esto significa que no hay horario cuando de apuestas se trata.

Al parecer, los que arman estas carreras no sienten temor a lo que dice la 27.330, algo curioso, considerando que las sanciones no son sencillas de afrontar.

Es importante tener en cuenta que la ley señala que «el que organizare, promoviere, facilitare o realizare una carrera de perros, cualquiera sea su raza, será reprimido con prisión de tres (3) meses a cuatro (4) años».

También indica que los responsables deberán pagar multas que van desde los 4 mil a 80 mil pesos.

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