La Justicia de Mendoza a favor de la elección de la reina de la Vendimia

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza decidió por mayoría declarar inconstitucional la ordenanza del Concejo Deliberante de Guaymallén a través de la cual se prohibió la realización de concursos de belleza en esa comuna entre los que incluyó la representante vendimial del departamento.

“Es evidente que si se está ante un instituto (Fiesta de la Vendimia) protegido y regulado mediante Leyes Provinciales en razón de su ser y carácter de patrimonio cultural de la Provincia, el ejercicio de las facultades políticas de legislación vinculadas con el gobierno de ese instituto, no han sido deferidas a los órganos deliberativos municipales y han quedado reservadas a la Legislatura», dice el argumento firmado por los supremos.

En concreto se declaró la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 1 y 7 de la Ordenanza N° 9196/21 dictada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Guaymallén. Así votaron tanto el presidente de la SCJM, Dalmiro Garay Cueli como los ministros José Valerio, Julio Gómez, Teresa Day y Pedro Llorente.

Mario Adaro mostró disidencia respecto al voto mayoritario de los otros cinco magistrados: «El Municipio de Guaymallén, tienen la capacidad y la potestad para innovar, modernizar, adaptar la Fiesta vendimial y sus expresiones, conservando el patrimonio cultural, sin que por ello implique o apele a suprimir o prohibir la elección de la reina departamental, en pos del fundamento de prevenir la cosificación de la mujer. Ambos derechos humanos fundamentales, la cultura y la protección de las mujeres, pueden convivir, ser compatibles, dialogar e interactuar, en un proceso de resignificación tanto de la cultura como del rol de la/s mujer/es en Mendoza”.

El voto en disidencia fue de Omar Palermo quien expreso que: “la legitimidad democrática de la ordenanza viene dada por dos razones. Desde el punto de vista procedimental, la misma fue dictada por una amplia mayoría del Concejo Deliberante y sin votos en contra de ninguna de las fuerzas políticas que lo conforman. El peso social y democrático de una votación casi unánime de concejales y concejalas en favor de los derechos de las mujeres no puede ser irrelevante a la hora de decidir sobre su inconstitucionalidad.

Diario Mendoza Sur

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