Informan que el tiempo de espera en un banco no pueda superar los 30 minutos

Recuerdan que desde el 2015 está vigente la normativa que obliga a las entidades bancarias a no demorarse más de 30 minutos en la atención a sus clientes.

Desde la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza informaron que la resolución indica que los bancos deben brindar una atención al cliente dentro de los 30 minutos posteriores al ingreso de estos a la sucursal.

Añadieron que eso se puede demostrar con el ticket de turno, remarcando que el mismo tiene que tener impreso el horario, día y número de atención.

Subrayaron que los bancos  deberán instrumentar mecanismos que faciliten la gestión rápida de las consultas personalizadas, como así también el cobro de impuestos o pago de haberes, entre otros trámites posibles.

Un elemento a tener en cuenta es que las entidades bancarias tienen la obligación de tener a disposición del cliente, en un lugar visible, el Libro de Quejas.

Diario Mendoza Sur

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