Con reducción en el impuesto a los Ingresos Brutos se aprobó en Diputados Avalúo e Impositiva

Por mayoría de votos, la Cámara de Diputados dio media sanción a los proyectos de Avalúo e Impositiva para el ejercicio fiscal 2021.

Ambos proyectos fueron aprobados con los votos del interbloque Cambia Mendoza, Protectora, PI y Ciudadanos por Mendoza, a excepción en este último caso, del artículo 3; 42 y dos incisos del artículo 6 de Impositiva. Por su parte, el bloque del Frente de Todos se abstuvo en la votación, mientras que el FIT y Mercedes Llano (PD), votaron negativamente.

Ingresos Brutos

Por segundo año consecutivo la Ley Impositiva no prevé incremento de alícuotas y contempla, teniendo en cuenta la situación de diversas actividades económicas que se han visto afectadas por la pandemia, una reducción del 50%  en el impuesto a los Ingresos Brutos. Este beneficio abarca a unos diez mil contribuyentes de 51 actividades.

Dentro de las actividades alcanzadas se cuentan  757 contribuyentes del rubro hotelería; 3887 contribuyentes de agencias de viajes, espectáculos, jardines maternales y gimnasios; 2988 del rubro gastronomía, y 2145 de actividades como taxis y remises, turismo aventura y transporte escolar. Adicionalmente, se reduce también la alícuota de Ingresos Brutos a los call center, del 4% al 1%, con el objetivo de incentivar la creación de empleo formal para jóvenes.

Sellos

Se propone mantener para el año 2021 las exenciones introducidas por la ley Impositiva 9.212 actualizando los montos de los rangos, de tal forma que las locaciones para vivienda de hasta $ 12.900 mensuales, quedarán exentas del tributo, y también las locaciones comerciales de hasta $51.600 por mes.

De igual forma, para los tomadores de créditos bancarios para la construcción o compra de  viviendas, se propone ajustar los montos para la exención de este impuesto para los créditos hipotecarios de hasta $2.322.000, y se mantiene una alícuota disminuida para los montos superiores.

Automotor

En relación al Impuesto a los Automotores, no experimenta modificaciones en cuanto a la forma de cálculo ni tampoco en la alícuota. La base del cálculo para los modelos de vehículos posteriores a 2010, se hará según la valuación de la Dirección Nacional de Registros Públicos Automotores (D.N.R.P.A.). En tanto, para los vehículos cuyos modelos vayan de 1990 a 1996 inclusive, se estipula un impuesto fijo de 1350 pesos.

Los vehículos híbridos (con motor eléctrico con ayuda de motor de combustión interna), modelos 2020 y anteriores que hayan obtenido beneficios conforme a las disposiciones de las leyes impositivas de ejercicios anteriores, abonarán en el ejercicio fiscal 2021 el 50% del Impuesto Automotor siempre que no posean deuda vencida al 31 de Diciembre de 2020. Asimismo, los vehículos eléctricos abonarán en el año 2021 el 50% del Impuesto Automotor que resulte, en la medida en que se cumplan los requisitos formales que reglamente la Administración Tributaria Mendoza, y que sus titulares no posean deuda vencida al 31 de Diciembre de 2019 por tales objetos.

Inmobiliario

En materia de Impuesto Inmobiliario, se mantiene la estructura general del impuesto utilizada en los años anteriores, tomando en cuenta como variable para determinar el tributo, la valuación fiscal que se ajusta en un 29%, tal como el Presupuesto Nacional proyecta el índice inflacionario para el próximo año.

Por otra parte, al igual que en el Impuesto Automotor, se mantiene el beneficio del 25% de descuento para los contribuyentes  cumplidores. Según lo establecido en el articulado de la Ley, para ambos impuestos los descuentos serán del 10% para quienes tengan al 31 de diciembre de 2020 cancelado el impuesto vencido; de un 10% adicional para quien al 31 de diciembre de 2019 hubiera tenido cancelado el impuesto vencido, y otro 5% si se cancela el total del impuesto anual conforme a los vencimientos fijados para cada caso.

Diario Mendoza Sur

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