Vuelta a clases: la jueza que reemplazó a Roberto Gallardo rechazó el amparo contra el regreso a las aulas

La jueza Ana Paola Cabezas Cescato, que reemplazó a su colega Roberto Gallardo, rechazó hoy el amparo presentado para que no vuelvan las clases presenciales en la ciudad de Buenos Aires. Cerró el caso y, en consecuencia, canceló la audiencia ordenada por Gallardo para debatir el tema.

En su fallo, la jueza dispuso: «Declarar abstracta la presente acción de amparo, dejar sin efecto la audiencia prevista para el 10 de febrero de 2021 y ordenar el archivo de las presentes actuaciones».

Sin embargo, el fallo de Cabezas Cescato podría ser dejado sin efecto. La Cámara de Apelaciones resolvió -también hoy- rechazar la recusación contra el juez Gallardo. Fue mientras se tramitaba esa recusación que el caso pasó a manos de Cabezas Cescato. Ahora, si se abre una instancia de revisión de la decisión de la jueza, la tramitará Gallardo.

Esto es así -explicaron fuentes judiciales- porque el promotor del amparo, el gremialista Carlos Luis Elías, podría pedir que la misma instancia que dictó el fallo lo revocara. De ser así, será Gallardo quien resuelva. Y todavía dan los tiempos, advierten en la Justicia, para que el magistrado vuelva a ordenar que la audiencia se haga.

Los argumentos de la jueza
La jueza Cabezas Cescato rechazó el amparo con el argumento de que el gobierno de la Ciudad ya informó cómo son sus planes de testeo y que era eso (y no la suspensión de las clases presenciales) lo que Elías había pedido en su amparo.

En rigor, la jueza advierte que «el objeto del amparo fue enunciado de una forma curiosa» porque el gremialista pidió, como «pretensión principal» una solicitud «más vinculada al acceso a la información pública que otra cosa (que se informe sobre la existencia de un protocolo de testeos respecto del personal docente y no docente que trabaja en los establecimientos públicos)», pero además reclamó que en caso de que no hubiera un protocolo, «se condenara al gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a subsanar esa omisión» y que, si no la subsanaba, se suspendiera el inicio de las clases.

«Si la pretensión original consistía estrictamente en que el GCBA informara sobre la existencia o no de un protocolo de testeos Covid 19, la respuesta ya se encuentra agregada al expediente», afirmó la jueza, que insistió: «El objeto de este amparo se limitaba a la comprobación de la existencia de un protocolo de testeos y, llegado el caso de que no existiera, a que se supliera esa omisión. Nada más.»

 

Fuente: LN

Diario Mendoza Sur

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