¿Puede el comercio trabajar durante los feriados del 18 y 25 de mayo? 

El presidente de la Específica de Comercio de la Cámara de Comercio de San Rafael, Adrián Martos, detalló la situación en el aire de Dial Radio TV.

«Para el día 18 de mayo, día del censo nacional, hay una ley (la 24.254) la cual establece que queda prohibido hasta las 20 horass», apuntó.

Añadió que ni siquiera un comercio puede abrir sus puertas y ser atendido por sus propios dueños ya que se trata de una ley nacional justamente.

«Luego, el 25 de mayo, también es un feriado nacional con alcance dominical y el empleado puede oponerse a trabajar», precisó.

«Si hay acuerdo entre las partes y el empleado decide trabajar tiene que cobrar doble», culminó.

Diario Mendoza Sur

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