Sancionarán a los padres de los alumnos que insulten a los maestros

La nueva normativa de Faltas de la provincia contempla la responsabilidad indirecta, cuando se esté en presencia de conductas agresivas de parte de los alumnos en el interior de un establecimiento escolar.

Esto significa que, en el caso de que un menor insulte a un docente, celador, preceptor o directivo, será el padre o tutor quien deberá responder por al agravio.

El artículo 50 del flamante Código de Contravenciones dice que con la figura de “responsabilidad indirecta” la persona que está a cargo del chico deberá hacerle frente a una multa o bien realizar tareas comunitarias.

Es importante aclarar que la ley es tanto para escuelas públicas como privadas y se aplicará en casos como  “insulto, mofa o señas”.

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