San Rafael: principales puntos de la Autonomía Municipal
El Honorable Concejo Deliberante de San Rafael ya tiene en sus manos el proyecto de Autonomía Municipal enviado por el intendente Omar Félix.
La autonomía municipal es una garantía reconocida en la Constitución Nacional, consolidada en la reforma de 1994, como expresión de soberanía vecinal y la organización política natural de las comunidades locales.
Es importante remarcar que la autonomía municipal no es una concesión otorgada por normas provinciales o nacionales sino una manifestación de la naturaleza jurídica de los municipios, una capacidad prexistente para organizarse y gobernarse conforme a las necesidades e intereses de su población.
La Constitución de la provincia de Mendoza, si bien no reconoce expresamente la Autonomía Municipal, tampoco la prohíbe, dejando abierta la posibilidad para que los municipios ejerzan su derecho a autogobemarse y dictarse su Carta Orgánica en consonancia con la Constitución Nacional.
Tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación como la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, mediante fallos reiterados, han reconocido la naturaleza autónoma de los municipios, habilitándolos a dictar sus propias normas de organización y funcionamiento, en resguardo de su capacidad de autogobierno.
El departamento de San Rafael, por su vasta extensión territorial, su diversidad cultural, económica y geográfica, y su historia institucional, constituye un Municipio con características singulares dentro de la provincia de Mendoza, lo que justifica y refuerza la necesidad de dictarse su propia Carta Orgánica, para ejercer plenamente su Autonomía Municipal y fortalecer la calidad institucional y la gobernabilidad.
Estas singularidades, además de las condiciones geográficas, económicas y culturales, han fijado una identidad propia en San Rafael, diferente de otros municipios de la provincia, lo cual refuerza el imperativo de dotar al Municipio de una norma fundamental que contemple su realidad específica.