Recuerdan que es obligatorio para los restaurantes tener una carta en sistema Braille

Desde el Gobierno de Mendoza indicaron que sigue vigente la ley que obliga a todos los locales gastronómicos de la provincia ofrecer una carta de menús en sistema Braille.

La Dirección de Defensa del Consumidor recordó que se trata de la Ley 8.750 que quedó oficializada en febrero del año 2015.

“Los comercios cuyo rubro -principal y/o accesorio- sea gastronómico con atención al público, como restaurantes, confiterías, bares, cafés, rotiserías, casas de té y demás locales que se dediquen a tal fin, deberán exhibir en forma obligatoria cartas y menúes en sistema Braille”, dice el artículo 1 de la normativa.

“Las cartas menúes en sistema Braille deben ser iguales a las cartas impresas en escritura convencional, y deberán contener el nombre o denominación de los platos, descripción de los ingredientes de los mismos, como así también el listado de las bebidas ofrecidas. La carta menú en sistema Braille debe encontrarse en perfecto estado de conservación y actualizada permanentemente”, expresa la ley.

Por último, indica que  “se exceptúa de lo dispuesto en el artículo 1, el denominado «Menú del Día» o «Menú Turista» el cual en caso de ser requerido por la persona con discapacidad visual le deberá ser informado verbal y claramente por quien tenga la atención del lugar con la más completa información relativa al mismo”.

Diario Mendoza Sur

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