Multas de 2 millones de pesos para quienes prendan fuego

Desde la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial advierten aplicarán elevadas multas y sanciones a quienes realicen limpieza por fuego sin las autorizaciones correspondientes.

Cada vez que se inicia un incendio forestal se pone en juego la biodiversidad y el patrimonio ambiental de Mendoza. Una de las razones por las que estos siniestros se generan es por el uso ilegal de fuego para limpieza de acequias, canales y lotes. El uso de fuego como herramienta de limpieza está prohibido por la Ley provincial 6099 con penas de hasta $2.300.000.

La multa a aplicarse será graduada por la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial teniendo en cuenta la gravedad de la infracción, las consecuencias que haya causado a la propiedad de terceros o al medio ambiente, los daños y peligros potenciales a la seguridad física de otras personas, los antecedentes de infracciones ya cometidas y toda otra circunstancia relevante para la aplicación.

Humberto Mingorance, Secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, resaltó la importancia de las picadas cortafuegos en las zonas de mayor riesgo para prevenir mayores daños sobre la superficie afectada, facilitando la tarea de los Brigadistas del Plan Provincial de Manejo del Fuego.

La Dirección de Recursos Naturales Renovables informa que está prohibida la quema controlada de campos sin la autorización y supervisión del personal del Plan Provincial de Manejo del Fuego. Además, se solicita a la población abstenerse de prender fuego, sin importar su fin, en zonas que no están debidamente preparadas. También se exige a los productores tener debidamente las picadas cortafuego regularizadas en los campos, ya que de lo contrario serán pasibles de multa o quita de subsidio por no cumplir esta normativa.

La legislación que pena las acciones incendiarias, fuera de la Ley 6099 de prevención y lucha de incendios, que ponen en riesgo al ambiente y a las personas, el Código de Contravenciones establece multas entre $7.600 y $47.500 o arresto de 8 a 50 días para aquellos que, sin causar un incendio, encendieran fuego en zona urbana o rural en los caminos y en zonas de esparcimiento (públicas o privadas), en calles, acequias, puentes, banquinas o basurales, sea quemando hojas, ramas, madera, basura o cualquier otro material susceptible de ser incinerado, sin observar las precauciones necesarias para evitar su propagación. El Código Penal prevé entre 3 y 20 años de prisión dependiendo de los daños ocasionados por incendios.

Para denunciar estos siniestros, se puede ingresar al sitio de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial: http://www.ambiente.mendoza.gov.ar, a la Dirección de Recursos Naturales Renovables a los teléfonos 4252090 y 4257065, de lunes a viernes, de 8 a 13 o llamando al 911.

Diario Mendoza Sur

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