Multa de 47 mil pesos para el que lleve adelante acciones incendiarias
La Dirección de Recursos Naturales Renovables del Gobierno de Mendoza recordó que está prohibido el uso de fuego para la quema de pastizales, de basura acumulada, de limpieza de lotes y de fincas abandonadas.
Además, solicitó a la población abstenerse de prender fuego, sin importar su fin, en zonas que no están debidamente preparadas. También se exige a los productores tener debidamente las picadas cortafuego regularizadas en los campos de los cuales son propietarios, ya que de lo contrario serán pasibles de multa o quita de subsidio por no cumplir esta normativa.
Respecto de la legislación que pena las acciones incendiarias que ponen en riesgo al ambiente y a las personas, subrayaron que el Código de Contravenciones de Mendoza establece multas entre $7.600 y $47.500 o arresto de 8 a 50 días para aquellos que, sin causar un incendio, encendieran fuego en zona urbana o rural en los caminos y en zonas de esparcimiento -públicas o privadas-, en calles, acequias, puentes, banquinas o basurales, sea quemando hojas, ramas, madera, basura o cualquier otro material susceptible de ser incinerado, sin observar las precauciones necesarias para evitar su propagación.
Por otra parte recordaron que el Código Penal Argentino prevé entre 3 y 20 años de prisión dependiendo de los daños ocasionados por incendios.
Diario Mendoza Sur