Embarazadas, adultos mayores y personas con discapacidad tendrán prioridad en la atención al público

Por mayoría de votos, los diputados mendocinos  dieron media sanción al proyecto que establece la obligatoriedad en torno a la prioridad de atención a adultos mayores, mujeres embarazadas y/o gestantes y personas con discapacidad o movilidad reducida.

La medida abarcará a todo establecimiento público dependiente de la provincia, como así también a todo establecimiento privado que brinde atención al público a través de cualquier forma o modalidad.

Además se incorpora al Código de Contravenciones el artículo 85 bis, disponiendo que el establecimiento privado que no cumpla con tales disposiciones o no exhiba cartelería de exigencia de dicha prioridad, será sancionado  su titular con multa e inhabilitación del local por el término máximo de 30 días. Para la aplicación de las multas, se deberá tener en consideración la cantidad de operaciones que realiza el comerciante, establecimiento o entidad financiera, la magnitud de la empresa, los medios a su alcance para brindar atención prioritaria, evitando las esperas de los usuarios y los antecedentes que se registren ante esa entidad los últimos 3 años.

Respecto de los establecimientos públicos, las sanciones por incumplimiento deberán estar en total conformidad con el estatuto del empleado público, atender la cadena de responsabilidades que el mismo establece, garantizar capacitaciones sobre la temática a las y los agentes, y ser especificadas en la reglamentación.

La iniciativa señala que para obtener la prioridad en la atención, servirá el certificado médico de embarazo, para el caso de mujeres embarazadas o personas gestantes cuando éste no sea evidente; el Certificado Único de Discapacidad, y el DNI para el caso de personas adultas mayores de 60 años.

Diario Mendoza Sur

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