Condenan al Gobierno de Mendoza por ejercer violencia de género contra una policía

“Condenar al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA a pagar dentro del plazo de diez días de quedar firme la presente resolución la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000,00), con más los intereses indicados en los considerandos”, dice el fallo del Segundo Tribunal de Gestión Asociada, que le da la razón a una mujer policía que demandó al Estado por ejercer violencia laboral.

La demanda la hizo la uniformada Mariana Pecchione al Ministerio de Seguridad por daños y perjuicios que le generó la aplicación del art. 218 inc. 2 de la Ley 6722, puesto que esta normativa califica al embarazo como una enfermedad.

Sucede que ella, tuvo varios embarazos de riesgo y, por recomendación médica, tuvo que hacer reposo absoluto. Fue entonces que el Ministerio de Seguridad le computó esos días como enfermedad y le quitó toda posibilidad de tomarse licencias en el futuro (de toda su carrera policial). Incluso, la dejó al borde de la baja.

La efectivo señaló que esta legislación la castiga ejerciendo violencia de género por el mero hecho de haber padecido diversos embarazos de riesgo que la obligaron a tomar las licencias que se contabilizan como enfermedades cuando en realidad el estado de gravidez es un estado natural de la mujer.

La Justicia le dio la razón a la mujer y condenó al Gobierno de Mendoza a indemnizarla en 250 mil pesos, además de ordenarle que se abstenga de computar las licencias de embarazo de riesgo como enfermedad.

“Es obligación del Estado brindar protección integral de la mujer, la maternidad y familia, tanto en el ámbito interno legal, como en el ámbito internacional, la ‘Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contrala Mujer’, Ley N° 24.632, erradicación de la violencia de género”, dice el fallo.

“Constituyendo una cuestión de género el tema planteado, ya que es una situación que el agente masculino no se enfrenta, resulta procedente ordenar a la parte demandada que se abstenga de computar en el legajo de la actora dichas licencias como enfermedad”, señalo el tribunal.

Diario Mendoza Sur

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