Se promulgó la Ley de Debate Obligatorio en Mendoza

El Ejecutivo provincial promulgó la ley establece la obligatoriedad de los debates públicos de los candidatos a gobernador de la provincia, que tuvo sanción definitiva en Senadores el pasado 7 de julio.

La normativa prevé que  “cada medio de comunicación público, tanto estatales como privados de la provincia, tendrá la posibilidad de designar a uno o más periodistas para la participación con preguntas durante el debate, en el marco de lo que reglamente la Junta Electoral Provincial”.

La nueva ley dice que la Junta Electoral Provincial, previa audiencia con los candidatos y/o apoderados de las agrupaciones políticas participantes, y convocando a representantes de las universidades públicas y privadas con asiento en la Provincia de Mendoza y representantes de los medios de comunicación, reglamentará el procedimiento del debate y las demás cuestiones atinentes a su desarrollo en el marco de esta Ley.

Como mínimo el reglamento deberá prever lugar, fecha y hora del debate; la forma de selección de los moderadores del debate; los temas a debatir y el tiempo destinado a expresarse sobre los distintos temas, y garantizar un espacio dentro del debate para la participación de los candidatos o candidatas a la vicegobernación.

Finalmente, dispone que los candidatos debidamente convocados “que no se presenten al debate serán sancionados con la suspensión de los espacios de publicidad audiovisual que le correspondieren a la agrupación política por la que se presentan”.

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