Multa y trabajo comunitario para los acosadores callejeros

El Ejecutivo promulgó la modificación al Código de Contravenciones, recientemente aprobada en la Legislatura provincial, relacionada con el acoso callejero.

La nueva normativa deja en claro que las personas que dentro de todo el territorio mendocino ejerzan acoso sexual en la vía pública serán multadas y tendrán que realizar trabajo comunitario.

El texto indica que la persona que ejerciere acoso sexual callejero sobre otra, en lugares públicos o privados con acceso al público, siempre que el hecho no constituya delito, será sancionado con multa desde 200 hasta 2000 U.F. (254 mil pesos) o trabajo comunitario desde 8 hasta 20 días, aclarando que “cuando la víctima fuera una persona menor de edad o persona con discapacidad la pena se aumentará en su mínimo y en su máximo al doble”.

Por otra parte, cuando el acoso sexual se realice por cliente contra personal trabajador de locales de servicios de expendio de comidas y/o bebidas con o sin alcohol, como bares, restaurantes, cafeterías, venta de comida para llevar y/o locales bailables, serán sancionados con multas desde 500 hasta 2500 UF (317.500 pesos) o trabajo comunitario de 15 a 30 días.

Diario Mendoza Sur

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