¿De cuánto son las multas para quienes se nieguen a vacunar a sus hijos?

El Ministerio de Salud y Deportes de Mendoza emitió una resolución para reforzar el cumplimiento del calendario de vacunación obligatorio.

La resolución establece un seguimiento de aquellos casos donde los padres o tutores responsables se niegan a vacunar a un menor en un establecimiento escolar, centros de salud u otros ámbitos. En el caso de que no cumpla con la vacunación en un plazo de 30 días, se da intervención a los Equipos Técnicos Interdisciplinarios (ETI). En caso de no cumplir, se considera una contravención y es un juez quien dictamina la sanción a cumplir.

Según el artículo 119 del Código Contravencional, “los padres, tutores, curadores o guardadores que omitieren su obligación de que sus hijos o menores a su cargo reciban la vacunación obligatoria, incluidas en el calendario nacional (Ley Nº 22.909), serán sancionados con multa desde doscientas (200) U.F. hasta ochocientas (800) U.F. o arresto de cinco (5) días o su equivalente en trabajo comunitario en centros asistenciales u hospitales públicos para menores de edad”.

En ese sentido, las multas para los padres o tutores infractores podrían oscilar entre los 84 mil pesos y los 336 mil pesos.

“Los efectores de salud (público o privado) y todo agente o funcionario público que tuvieren conocimiento de la vulneración del derecho a la vacunación de menores, deberán comunicar dicha circunstancia a la autoridad administrativa local. El que omitiere dicha comunicación será sancionado con el doble de lo previsto en el párrafo anterior. La reincidencia en la contravención implicará el aumento de la sanción al triple en su mínimo y máximo”, agrega el artículo 119.

Diario Mendoza Sur

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