Se suspenderán los desalojos de inquilinos y se congelarán las cuotas de los créditos hipotecarios

Así lo dispondrá el Gobierno a través de dos decretos que se publicarán en las próximas horas.

El Gobierno oficializará los decretos de necesidad y urgencia respecto a los alquileres y los créditos hipotecarios en medio de la crisis sanitaria por el coronavirus en Argentina.

«Hasta el 30 de septiembre de este año: se suspenden los desalojos por falta de pago; se prorroga la vigencia de los contratos, con conformidad de la parte locataria y se congelan los precios de los alquileres al valor de marzo», son las medidas que se dispondrán a través de un DNU que se publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial.

Además, la norma establecerá que «la deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo que efectivamente se pague por el congelamiento, se abonará en 3 cuotas mensuales sin intereses, a pagar desde octubre». Mientras que «las deudas que se produzcan por falta de pago, se pagarán a partir e octubre en 3 cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidades» y «se exceptuará a aquel locador que acredite que depende del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente».

En tanto, también hasta la misma fecha se congelarán «los valores de las cuotas de los créditos hipotecarios sobre inmuebles destinados a vivienda única, a valor del mes de marzo, se congela el valor de las cuotas de los créditos prendarios UVA, se suspenden las ejecuciones hipotecarias sobre inmuebles destinados a vivienda única se suspenden las ejecuciones prendarias respecto de créditos prendarios UVA».

La norma dispondrá que » se suspenden las ejecuciones hipotecarias sobre inmuebles destinados a vivienda única», como así también «las prendarias respecto de créditos prendarios UVA». Se establecerá que «las deudas por diferencia de monto, entre lo que se debería haber pagado y lo que se pague a causa del congelamiento, se abonará, a partir de octubre, en 3 cuotas sin interés.»

Además, «las deudas que se produzcan por falta de pago, se abonarán, a partir de octubre, en 3 cuotas, solo con intereses compensatorios, sin penalidades». Tanto para alquileres como para créditos, se establecerá una «mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia, por controversias entre las partes».

Según fuentes consultadas por Clarín, los decretos serán publicados esta tarde en el Boletín Oficial.

FUENTE: http://clarin.com

http://diariomendozasur.com

http://dialradio.tv

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