Cuándo pueden volver al trabajo los contagiados de Covid y los contactos estrechos

El Ministerio de Trabajo difundió  las recomendaciones elaboradas por la cartera de Salud para el regreso a las tareas laborales de las personas que tengan diagnóstico confirmado de coronavirus o sean contacto estrecho de un afectado por la enfermedad.

La cartera laboral así lo hizo saber a través de resolución publicada en el Boletín Oficial, que detalla que «los trabajadores y trabajadoras con diagnóstico de Covid-19 y que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta», en función de distintas circunstancias.

 Casos confirmados

La resolución 27/2022, publicada en el Boletín Oficial, detalla que en casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto podrán hacerlo a los 10 días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.

En cuanto a los casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo), podrán regresar al trabajo a los 7 días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los 3 días posteriores de cuidados especiales.

Contactos estrechos

Los casos de contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de cinco (5) meses de la aplicación de la última dosis) podrán regresar a sus actividades laborales a los diez (10) días desde el último contacto con el caso confirmado.

Luego se comprende a los casos de contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (menos de 5 meses de completado el esquema de dos dosis) o que hayan tenido Covid-19 en los últimos 90 días, quienes podrán continuar con sus actividades laborales siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias.

Y por último se encuentran los casos de contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo más refuerzo con más de 14 días de la última aplicación, que podrán volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.

Diario Mendoza Sur

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