Avanza el proyecto de ley sobre extorsión digital

La Cámara de Diputados de la Nación aprobó  por holgada mayoría el proyecto de «Ley Olimpia» que apunta a tipificar como delito la figura de la violencia digital de género a través de la extorsión y difusión no consentido de material sexual en redes o plataformas.

Con 191 votos a favor, dos negativos y una abstención, la iniciativa que modifica la ley de Protección Integral contra la Violencia de Género 26.485 consiguió la media sanción y será debatida en el Senado.

De acuerdo al texto de la normativa, se habilita a los jueces a la remoción del contenido íntimo del entorno digital, y busca evitar interpretaciones de la ley que no favorezcan a las víctimas.

La iniciativa fue presentada en julio pasado en la Cámara de Diputados y está inspirada en la “Ley Olimpia” que se sancionó en México en 2021 en homenaje a Olimpia Coral Melo, una joven mexicana que fue víctima de “porno extorsión” y “porno venganza” por parte de una ex pareja.

La ley Olimpia es una norma modelo en materia de legislación contra la violencia digital de género, abordando los delitos que violan la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, sancionando la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo.

El dictamen que incorpora en el artículo 6 la definición de la violencia digital o en línea como aquella que «se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), y que implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real o simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres, sin su consentimiento».

También engloba la difusión de “discursos de odio de género, patrones estereotipados sexistas, o que impliquen situaciones de acoso, amenaza, extorsión o control virtual, o acciones que atenten contra la integridad sexual o identidad digital de las mujeres a través de las TIC».

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